Sección Primera: De la naturaleza de la sociedad
Artículo 1. El nombre oficial de nuestra organización es Sociedad de Estudiantes Mexicanos en el Reino Unido. El nombre oficial en inglés es Society of Mexican Students in the United Kingdom. La abreviación oficial es MexSocUK.
Artículo 2. MexSocUK es la asociación de las sociedades (mexicanas o latinoamericanas) que representan a los estudiantes mexicanos en las universidades del Reino Unido. Igualmente, representa a los estudiantes mexicanos los cuales no están afiliados a una sociedad. MexSocUK es una organización sin fines de lucro, sin vínculos con partidos políticos u organismos similares y/o religiosas.
La MexSocUK reconoce como integrantes individuales honorarios a los egresados mexicanos de universidades del Reino Unido, sus asociaciones de egresados, ya los egresados que se encuentran como posdoctorantes.
Artículo 3. Los objetivos de la sociedad son:
a) Promover la cooperación y comunicación entre las diferentes sociedades que componen MexSocUK.
b) Promover la ciencia, cultura y tradiciones mexicanas a través de la realización de eventos académicos, culturales, sociales y deportivos entre las sociedades afiliadas con membresía vigente en la MexSocUK.
c) Actuar como vínculo entre los estudiantes mexicanos en el Reino Unido y las autoridades mexicanas, representadas por la Embajada de México en el Reino Unido y las autoridades académicas.
d) Apoyar a las sociedades integrantes en la organización y promoción de eventos para los estudiantes mexicanos.
e) Promover, apoyar y asesorar la formación de sociedades mexicanas en las universidades del Reino Unido en las que se encuentren estudiantes mexicanos.
f) Apoyar a las organizaciones Mexicanas en el Reino Unido con difusión y logística para eventos relevantes con la misión de MexSocUK.
Sección Segunda: De los integrantes de la sociedad
Artículo 4. Las sociedades integrantes de MexSocUK deben contar con el reconocimiento y registro oficial en su institución, y serán autónomas en su administración individual. Se admitirán como miembros de manera provisional a aquellas sociedades emergentes que se encuentren pendientes de reconocimiento oficial siempre que se demuestre que se encuentran en proceso de formalización.
Artículo 5. Todas las sociedades integrantes de MexSocUK tendrán los mismos derechos y obligaciones tal como se describen en esta constitución.
Las personas mexicanas egresadas de universidades del Reino Unido, sus sociedades de egresados, y los posdoctorantes mexicanos en el Reino Unido serán integrantes honorarios con derecho a voz en temas que tengan relación con sus intereses como egresados.
Artículo 6. Solo se admitirá una sociedad integrante por universidad. En el caso de existir varias sociedades mexicanas/latinoamericanas en la misma universidad, se le dará preferencia a aquella sociedad con la mayor cantidad de miembros mexicanos.
Artículo 7. En el caso de no existir una sociedad mexicana o latinoamericana en una universidad con estudiantes mexicanos, éstos podrán registrarse de manera individual a MexSocUK para recibir noticias y avisos y participar en los eventos de MexSocUK.
Artículo 8. Los derechos de los integrantes de MexSocUK son:
a) Confirmar anualmente su participación en MexSocUK y mantener informados a los miembros del comité de cualquier cambio en sus datos de contacto.
b) Distribuir la información enviada por MexSocUK entre sus integrantes individuales.
c) Enviar un representante a la sesión anual del Consejo Consultivo.
d) Participar activamente en los procesos de elección del Comité Ejecutivo y las sedes de los eventos organizados por MexSocUK.
e) Promover la participación de sus miembros en los eventos organizados por MexSocUK.
Artículo 9. Los derechos de los integrantes de MexSocUK son:
a) Formar parte del Comité Ejecutivo de MexSocUK.
b) Participar en los eventos organizados por MexSocUK.
c) Postularse como sede para la organización de eventos de MexSocUK.
d) Distribuir información sobre eventos a través de las cuentas de MexSocUK.
Artículo 10. En el caso de que alguna sociedad no ratificara su participación en MexSocUK como se describe en el Artículo 8, inciso “a”, de esta Constitución se le considerará como inactiva, y su membresía quedará suspendida hasta su ratificación.
Sección Tercera: del Consejo de Sociedades
Artículo 11. El Consejo de MexSocUK se encuentra formado por los representantes de las sociedades integrantes, quienes podrán participar en la toma de decisiones de MexSocUK sometiendo propuestas y votando en los varios procesos de elección.
Artículo 12. Cada sociedad integrante de MexSocUK contará con un único representante en el Consejo, independientemente del número de integrantes con los que cuente.
Artículo 13. De manera ordinaria, los representantes ante MexSocUK son los presidentes de las sociedades integrantes y deberán estar presentes en las sesiones del Consejo. En el caso de las sociedades latinoamericanas cuyo presidente no sea mexicano, el comité de cada sociedad designará a un representante ante MexSocUK con el único requisito de ser estudiante mexicano.
Artículo 14. Los integrantes individuales de la MexSocUK, es decir, aquellos estudiantes que pertenezcan a universidades en las cuales no exista una sociedad mexicana o latinoamericana podrán estar presentes en las sesiones ordinarias como oyentes, y exponentes de opiniones sin embargo no tendrán derecho al voto en los procesos de elección del Consejo.
Artículo 15. El Consejo de MexSocUK llevará a cabo por lo menos una sesión ejecutiva ordinaria por periodo.
Artículo 16. Es responsabilidad de las sociedades integrantes de MexSocUK enviar a un representante a la reunión ordinaria del Consejo, quien podrá emitir su voto en nombre de la sociedad a la que representa.
Artículo 17. En caso de que los presidentes o representantes oficiales no puedan asistir a la reunión ordinaria del Consejo, los presidentes podrán designar a un representante sustituto. En caso de no poder enviar representante alguno, los presidentes de las sociedades deberán comunicar su ausencia al Comité Ejecutivo de MexSocUK y en el caso de votaciones, emitir su voto a través de correo electrónico.
Artículo 18. La orden del día de la sesión ejecutiva será determinada por el Comité Ejecutivo en función y deberá enviarse a cada sociedad miembro con anticipación.
Artículo 19. De existir la necesidad, el Presidente del Comité Ejecutivo de MexSocUK podrá convocar a los representantes de las sociedades a sesiones extraordinarias del Consejo.
Artículo 20. En el evento de que los integrantes del Consejo estén en desacuerdo con una decisión del Comité Ejecutivo, el Consejo tiene la autoridad de convocar a una sesión extraordinaria con el motivo de realizar una revisión sobre las decisiones tomadas por el Comité Ejecutivo, hasta lograr una decisión por consenso.
Para realizar la convocatoria de una sesión extraordinaria por parte del Consejo, se deberá contar con el apoyo del 50% +1 (cincuenta por ciento más uno) de los miembros con registro activo dentro de MexSocUK con un mes (30 días naturales) de anterioridad al día de la convocatoria. Dicha petición podrá ser realizada por correo electrónico o por escrito en donde se expresen los miembros que apoyan la moción.
Sección Cuarta: de los eventos de la sociedad
Artículo 21. MexSocUK lleva a cabo dos eventos anuales: el Simposio Anual de Estudiantes y Estudios Mexicanos en el Reino Unido y el Encuentro Deportivo de Estudiantes Mexicanos en el Reino Unido.
Artículo 22. Las sedes del Simposio Anual y del Encuentro Deportivo serán seleccionadas por los integrantes del Consejo a través de un proceso de elección convocado y organizado por el Comité Ejecutivo de MexSocUK, quien se encargará de realizarlo con base en la mecánica de elección del Consejo Ejecutivo estipulada en esta Constitución.
Artículo 23. La organización y promoción del Simposio Anual y del Encuentro Deportivo quedarán a cargo de las universidades sede con el apoyo del Comité Ejecutivo de MexSocUK.
Los presidentes de las Sociedades organizadoras de dichos eventos tendrán un asiento en el Comité Ejecutivo.
Artículo 24. La entrega de premios y reconocimientos otorgados por MexSocUK, como el Reconocimiento Carlos Fuentes – MexSocUK o el premio a la sociedad más activa y cualquier otro reconocimiento que se instituya, se presentarán dentro del marco del Simposio Anual.
Sección Quinta: de la administración de la sociedad
Artículo 25. La administración de MexSocUK estará a cargo del Comité Ejecutivo, que tendrá la responsabilidad de asegurar el buen funcionamiento de la misma, con apoyo de los representantes de zona.
Artículo 26. El Comité Ejecutivo se encuentra integrado de la siguiente manera:
a) Un(a) Presidente(a).
b) Un(a) Vice-Presidente(a).
c) Un(a) Tesorero (a).
d) Un(a) Coordinador(a) de Medios y Comunicaciones.
e) Un(a) Coordinador(a) de Eventos Académicos y Culturales.
f) Un(a) Coordinador(a) del Simposio Anual.
g) Un (a) Coordinador (a) Deportivo.
h) Un Consejo Consultivo.
i) Un Comité de Acción Política.
j) Un Oficialía para Egresados y Posdoctorantes.
Artículo 27. Las funciones y obligaciones de cada integrante del Comité Ejecutivo son:
1. La Presidencia:
1.1. Tiene a su cargo la representación institucional de la sociedad.
1.2. Tiene a su cargo la distribución de tareas del Comité Ejecutivo.
1.3. Se encargará de emitir las convocatorias para los procesos de elección del Comité Ejecutivo y las sedes del Simposio Anual y el Encuentro Deportivo.
1.4. Se encargará de la supervisión de los eventos realizados por la Sociedad.
1.5. Deberá informar al Comité Ejecutivo de cualquier ausencia que ponga en riesgo las actividades programadas de la sociedad, y debe coordinar con la vice-presidencia la continuidad de las actividades programadas.
1.6. Deberá informar al Comité Ejecutivo de cualquier renuncia de sus integrantes.
1.7. Deberá mediar entre los miembros del Comité Ejecutivo , los representantes de la sociedad y/o las organizaciones externas.
1.8. Convocará a reuniones del Comité Ejecutivo.
1.9. Presentará a los miembros de la Sociedad el Reporte Anual de Actividades del Comité Ejecutivo al término de su gestión.
1.10. Cuenta con la facultad de convocar a voto del Comité Ejecutivo, la remoción de cualquier integrante del Comité Ejecutivo que no desempeñe las responsabilidades que esta Constitución le confiere o que no las desempeñe de manera satisfactoria para el Comité Ejecutivo. La remoción se decidirá por medio de una votación (pública, que pueda ser observada por los miembros del Consejo ya sea de manera electrónica o en reunión ordinaria o extraordinaria) de los miembros del Comité Ejecutivo en funciones. Cada integrante del Comité Ejecutivo cuenta con un voto. Es necesario el 50%+1 (cincuenta por ciento más uno) de los votos a favor de la remoción para su destitución. Posteriormente se abrirá la convocatoria para ocupar el puesto vacante a cualquier miembro de MexSocUk que posea los requisitos necesarios indispensables estipulados en esta Constitución.
2. La Vice-Presidencia:
2.1. Apoyará al Presidente en sus tareas, y cuando éste no estuviere disponible, asumirá la representación de MexSocUK.
2.2. Tiene la responsabilidad de recopilar y mantener actualizada la información relativa a las membresías de la sociedad.
2.3. Organizará las reuniones del Comité Ejecutivo de MexSocUK y elaborará los reportes correspondientes.
2.4. Se encargará junto con la presidencia de organizar y distribuir las tareas del Comité Ejecutivo.
2.5. Coordinará la elaboración del Reporte Anual de Actividades del Comité Ejecutivo.
2.6. Se encargará de mantener un archivo de las minutas y acuerdos tomados por el Comité Ejecutivo.
2.7. Se encargará de las relaciones y alianzas institucionales en apoyo de la presidencia.
3. La Tesorería:
3.1. Tendrá a su cargo las finanzas de la organización, ingresos, egresos y administración de cualquier bien material o suscripciones de la Sociedad.
3.2. Recolectará los ingresos de la organización vía donaciones, cuotas que establezca el Consejo, patrocinios y cuales quiera otros ingresos financieros o patrimoniales.
3.3. Recolectará, previa autorización anual del Consejo, la cuota individual por Sociedad de apoyo a las actividades de la organización.
3.4. Elaborará, previa autorización del Consejo, el proyecto de presupuesto anual.
3.5. Informará al Consejo de los ingresos, gastos y bienes de la organización cada tres meses.
3.6. Llevará a cabo la política de vinculación para patrocinios con organizaciones educativas, de Beneficencia y comerciales.
3.7. Es el principal responsable de la cuenta bancaria a nombre de MexSocUK.
3.8. Promoverá eventos y actividades relacionadas con le vinculación financiera académica para los integrantes de la Sociedad.
4. La Coordinación de Medios y Comunicaciones:
4.1. Tiene a su cargo la administración de los medios de comunicación de la Sociedad (página web, páginas en redes sociales, cuentas de correo electrónico).
4.2. Se encargará de enviar los comunicados de las sociedades a los integrantes.
4.3. Mantendrá un registro actualizado de la correspondencia de la sociedad.
4.4. Se coordinará con los organismos externos para la promoción de las actividades de la sociedad.
4.5. Se coordinará con organismos externos para circular información entre los miembros de la sociedad.
4.6. Editará el boletín cuatrimestral de la Sociedad.
- La Coordinación de Eventos Académicos y Culturales:
5.1. Será responsable de la coordinación de las actividades académicas y culturales la Sociedad.
5.2. Será responsable de la comunicación con las autoridades académicas y culturales mexicanas.
5.3. Será el oficial de bienestar de la Sociedad, y coordinará actividades para vincular a los estudiantes mexicanos a herramientas, servicios y eventos relacionados con bienestar emocional y físico de los estudiantes.
- La Coordinación del Simposio Anual:
6.1. Será responsable de la coordinación del Premio Carlos Fuentes.
6.2. Se coordinará con el comité organizador del Simposio Anual de Estudiantes y Estudios Mexicanos en el Reino Unido para la promoción y organización del evento.
7. La Coordinación de Deportes:
7.1 Se coordinará con el comité organizador del Encuentro Deportivo de Estudiantes Mexicanos en el Reino Unido.
8. El Consejo Consultivo será un órgano de asesoría el Comité Ejecutivo. Este se conformará de cinco personas mexicanas residentes en el Reino Unido con vinculación al sector académico, social y empresarial, o con una relación estrecha con las actividades académicas de los estudiantes de posgrado en el Reino Unido.
8.1. El Comité Ejecutivo propondrá al Consejo los nombres de las cinco personas integrantes. Después de su aprobación, estos permanecerán en el Consejo hasta que el Comité Ejecutivo, el Consejo o los propios integrantes del Consejo Consultivo así lo deciden.
8.2. El Consejo Consultivo asistirá al Comité Ejecutivo en las tareas administrativas de la organización, pero no tendrán capacidad de voto ni en el Comité Ejecutivo ni en el Consejo. Podrán hacer propuestas formales a ambos órganos.
9. Todo integrante del Comité Ejecutivo podrá nombrar a algún estudiante integrante de la Sociedad como parte de su equipo de trabajo con una cartera funcional definida. Sin embargo, la responsabilidad de las decisiones tomadas por dichos estudiantes recaerá en el integrante electo del Comité Ejecutivo.
- El Consejo de la Sociedad nombrará un Comité de Acción Política para atender asuntos emergentes relacionados con la protección de los estudiantes mexicanos en el Reino Unido y de los programas públicos de becas al extranjero del Gobierno Mexicano.
10.1. El Comité de Acción Política se conformará de cinco estudiantes. De entre sus integrantes se nombrará una persona Coordinadora. La Presidencia y Vicepresidencia de la MexSocUK tendrán asiento permanente en dicho Comité. Los expresidentes de la MexSocUK que sigan siendo estudiantes podrán participar.
10.2. El Comité de Acción Política evaluará las situaciones relacionadas con su misión y podrá recomendar al Comité Ejecutivo o al Consejo de las Sociedades acciones para defender los intereses de los estudiantes mexicanos en el exterior.
Artículo 28. De entre las personas integrantes de las sociedades integrantes se designarán a las Representaciones de Zona, que serán consideradas como oficiales de apoyo encargados de promover una comunicación efectiva entre los miembros de MexSocUK y los eventos conjuntos entre sociedades en una misma región del Reino Unido. Podrán estar presentes en todas las reuniones convocadas por el Comité Ejecutivo. La Vicepresidencia tendrá la relación de dichas representaciones.
28.1 Se consideran las siguientes zonas principales, los representantes asignados deben estar localizados dentro de la zona que representan:
a) Escocia y Norte de Inglaterra: esta región comprende Escocia, Irlanda del Norte y el Norte de Inglaterra.
b) Centro de Inglaterra y Gales: esta región comprende a Gales y la zona media de Inglaterra.
c) Londres, entendiendose como todas las Universidades en la Zona del Consejo de Gobierno de Londres.
d) Sur de Inglaterra.
28.2. Los representantes de zona serán elegidos por el Consejo de entre sus integrantes. En caso de cambio de la presidencia de una sociedad integrante, se volverá a elegir representante por el Consejo.
28.3. Las responsabilidades principales de los representantes de zona serán:
a). Colaborar con las actividades que le designe el Comité Ejecutivo.
b). Promover la formación de Sociedades Mexicanas en donde haya presencia de estudiantes mexicanos, pero no una sociedad formada.
c). Organización de encuentros y reuniones regionales de estudiantes mexicanos.
Artículo 29. Los puestos en el Comité Ejecutivo tendrán una duración de un período de un año. La presidencia será elegida en el mes de julio de cada año junto con la tesorería, la coordinación del Simposio, la coordinación deportiva, y la oficialía de egresados. La vicepresidencia, la coordinación de eventos académicos y culturales, y la coordinación de medios serán elegidos el mes de febrero de cada año. Los electos en agosto tomarán el cargo a partir del 1ero de septiembre. Los electos en febrero tomarán el cargo a partir del 1ero de marzo. Entre la elección y la toma de protesta se realizará el proceso de entrega recepción. Todos los integrantes están obligados a documentar sus acciones y entregar toda información de la organización.
Las coordinaciones regionales serán designadas entre cada elección conforme queden vacantes.
Artículo 30. En caso de renuncia de algún miembro del Comité Ejecutivo, el Presidente podrá designar de manera interina a un sustituto, mismo que debe ser ratificado por el Consejo.
Artículo 31. Al término de su período, los miembros del Comité Ejecutivo saliente harán entrega formal de la documentación, material y autorizaciones referentes a la administración de MexSocUK a los miembros del Comité Ejecutivo electo. Se deberá crear un oficio que especifique que entrega el Comité saliente, y que recibe el Comité entrante. Ambos deberán ser publicados en los medios oficiales de MexSocUK, al igual que ser distribuidos a los miembros del Consejo Consultivo, teniendo como fecha límite 21 días naturales del inicio de la nueva gestión.
Sección Sexta: del proceso de elección del Comité Ejecutivo de MexSocUK
Artículo 32. El Comité Ejecutivo en función tendrá la responsabilidad de organizar los procesos de elección del Comité Ejecutivo de MexSocUK, emitiendo una convocatoria donde se señalen claramente fechas, requisitos y género de las personas que deberán ocupar los puestos.
La convocatoria incluirá un plazo de dos semanas para presentar candidaturas que integren todos los requisitos y género establecidos, de acuerdo con el año vigente. Si al término de este plazo no se presentaran candidaturas que comprendan dichos requisitos, se dará un plazo de extensión de una semana para el registro de candidatos sin importar su género.
Artículo 33. Podrá presentarse como candidato a ocupar un puesto en el Comité Ejecutivo especificado en el artículo 27 de esta Constitución con excepción de los mencionados en las secciones 8 y 9 del mencionado artículo siempre y cuando se cumpla con todos los requisitos marcados en la convocatoria.
Artículo 34. Los miembros del Comité Ejecutivo en funciones, con excepción del Presidente, pueden presentarse para servir un segundo y último período, tanto en su misma posición como en una posición diferente.
Artículo 35. Las candidaturas a formar parte del Comité Ejecutivo deberán presentarse en forma individual o en planilla y con fecha límite de dos semanas (14 días naturales) al día de la elección. La extensión del periodo de registros se llevará a cabo únicamente cuando no existan candidaturas para posiciones dentro del Comité Ejecutivo y únicamente para las posiciones sin candidaturas registradas.
El Comité Ejecutivo velará por la paridad de género en su conformación por lo que se procurará que la mitad de las personas en dichos puestos sean mujeres y la mitad hombres.
El puesto de Coordinación del simposio quedará exento, ya que éste depende de la sociedad y lugar a realizar el simposio.
Artículo 35 bis. En el caso de la presidencia del Comité Ejecutivo se deberá especificar desde el momento de la convocatoria el género de la persona que deberá ocupar dicho puesto.
En ninguna circunstancia la presidencia podrá ser ocupada por el mismo género en dos periodos consecutivos.
En caso de que no se presente ninguna candidatura con el género específico a la presidencia se procederá a declarar una extensión del periodo de registro y se señalará una nueva fecha de elección. La extensión seguirá los términos incluidos en el Artículo 32.
Artículo 36. Cada puesto del Comité Ejecutivo deberá ser ocupado por el representante de una universidad distinta. No se admitirá que dos miembros de la misma universidad ocupen una posición en el Comité Ejecutivo de manera simultánea (excluyendo a los representantes de zona).
Artículo 37. Los aspirantes deberán presentar un documento exponiendo sus propuestas de trabajo para el período propuesto al momento de registrar su candidatura.
Artículo 38. Es responsabilidad del Comité Ejecutivo de MexSocUK asegurar que los candidatos y las propuestas sean dados a conocer a los miembros.
Artículo 39. La votación para elegir al Comité Ejecutivo de MexSocUK se llevará a cabo durante la Junta Anual General de la Sociedad de Estudiantes Mexicanos en el Reino Unido.
Artículo 40. Todos los candidatos a formar parte del Comité Ejecutivo deberán estar presentes al momento de la elección o deberán haber notificado con antelación los motivos de su ausencia al Comité Ejecutivo en función.
a) Pase de lista a los Presidentes y Representantes.
b) Cada candidatura o planilla será presentada por el Comité Ejecutivo. La presentación será dividida por las posiciones que integran el Comité Ejecutivo. Cada candidatura o planilla tendrá derecho a una presentación no mayor a cinco minutos. Al término de las presentaciones se podrán realizar un máximo de tres preguntas a todos los candidatos. No puede haber preguntas dirigidas individualmente a un candidato. Las preguntas aplicaran a todas las candidaturas o planillas.
c) Al término de las presentaciones y preguntas, los representantes de las sociedades emitirán su voto de manera anónima. Las votaciones serán por planilla y candidatura individual.
d) Cada Sociedad podrá ejercer sólo un voto a través de su representante oficial.
e) Si alguna Sociedad no estuviera representada podrá enviar su voto vía correo electrónico con anticipación, al Presidente del Comité Ejecutivo en función, mismo que se tomará en cuenta al momento de la votación final. El contenido del voto no será revelado a las demás sociedades.
f) Los puestos se decidirán por mayoría de votos. La propuesta ganadora será la que obtenga la mayoría relativa de los votos. El Consejo podrá deliberar si alguna de las posiciones de las candidaturas presentadas individualmente puede ser considerada en una planilla para complementar la equidad de género.
g) En caso de empate, se realizará una nueva ronda de votos entre los candidatos finalistas.
h) En el caso de existir un único candidato para cierta posición propuesta para integrar el comité ejecutivo aun así se requerirá la ratificación del mismo a través del voto de las sociedades miembro.
i) En caso de no presentarse propuestas de candidatura, el Comité Ejecutivo en función determinará junto con los representantes del Consejo la responsabilidad de organizar el nuevo llamado a elecciones en acuerdo con los representantes de las sociedades integrantes.
j) Si las elecciones no se llevan a cabo como dictamina esta Constitución, podrán ser anuladas.
k) El resultado de la elección se dará a conocer en la ceremonia de clausura del Simposio y se hará público a través de la página web de MexSocUK y en redes sociales.
En caso de que la presidencia quede vacante, el vicepresidente tomará el cargo de manera interina hasta la elección de un nuevo presidente. Si quedan vacantes otras posiciones, el presidente se encargará de convocar a elecciones de los puestos faltantes una semana después de que haya quedado vacante.
Artículo 42. El Consejo deberá estar representado en un 70% como mínimo para que exista quórum suficiente para realizar una votación válida.
Artículo 43. Todos los casos imprevistos durante el proceso de elección serán resueltos por el Comité Ejecutivo de MexSocUK, con el respaldo de los miembros del Consejo.
Sección Séptima: Modificaciones a la Constitución
Artículo 44. Las enmiendas y adiciones a la Constitución deberán enviarse al Presidente del Comité Ejecutivo de MexSocUK quien se encargará de circular la información entre las sociedades miembro y solicitar su aprobación.
Artículo 45. Para realizar modificaciones a la Constitución será necesario contar con la aprobación de 70% de las sociedades representadas en el Consejo.
Artículo 46. Las enmiendas y adiciones a la Constitución entrarán en vigor después de su publicación en los medios de comunicación oficiales de MexSocUK.
Sección Octava. Vigencia de la Constitución.
Artículo 47. Esta Constitución se encuentra en vigor a partir del día 11 de Agosto de 2013, tras su ratificación por el Consejo de MexSocUK.
Reino Unido a 26 de Julio, 2013
Transitorios
TRANSITORIOS
Primero transitorio. El Comité Ejecutivo expedirá un registro para posdoctorantes y egresados que deseen ser considerados en la MexSocUK.
Segundo transitorio. Las funciones nuevas y nuevos nombres de los encargos serán aplicados de manera automática a la publicación de esta reforma.
Tercer transitorio. En la Asamblea General que se discuta la elección de integrantes nuevos del comité ejecutivo se designará al Comité de Acción Política.
Cuarto transitorio. La elección que se convocará por el Comité Ejecutivo contemplará la posibilidad de planillas con equidad de género. Los puestos que serán considerados para dichas planillas serán:
- Presidencia;
- Tesorería;
- Coordinación Deportiva;
- Coordinación del Simposio;
- Las coordinaciones regionales que estén vacantes;
- La Oficialía de Egresados y Posdoctorantes.
Quinto transitorio: Lo no contemplado por la presente reforma será interpretado por el Comité Ejecutivo y el Consejo podrá objetar dicha interpretación.
Reino Unido a 12 de agosto de 2021.